Antecedente de la Ley 1424.
Sentencia de inconstitucionalidad sobre el principio de oportunidad C-936/10
- La ley 1312 de 2009 modificó la figura del "principio de oportunidad" en el código de procedimiento penal, para admitir la posibilidad de aplicarlo a desmovilizados de grupos armados ilegales que manifestaran su voluntad de reintegrarse a la sociedad y que no hubiesen cometido delitos diferentes al concierto para delinquir.
La Corte Constitucional consideró que aún en procesos de transición hacia la paz, la falta de investigación y sanción de delitos de especial gravedad atenta contra los derechos de las víctimas a un recurso judicial efectivo. Según la Corte, no basta con la manifestación del desmovilizado o la ausencia actual de investigaciones sobre crímenes graves en su contra, para que el Estado tome la determinación de renunciar al ejercicio de la acción penal.
La inexequibilidad del principio de oportunidad para los desmovilizados de grupos armados ilegales es el inmediato antecedente de la ley 1424 de 2010, que consagra mecanismos de justicia transicional y algunos beneficios jurídicos a desmovilizados de grupos armados ilegales.
- Sentencia de incostituncionalidad sobre el principio de oportunidad C-936/10