Aportes y desafíos del “Marco jurídico para la paz”

22/08/2012

Hace dos meses se aprobó esta reforma y, aunque trae importantes respuestas, aún deja preguntas por resolver. Se adoptaron mecanismos hasta hace poco tiempo propios del post–conflicto para tratar de acercar la paz. ¿Optimismo o sentido práctico?

Por Gustavo Salazar Arbeláez *

Algunas preguntas

Tras décadas de violencia, Colombia ha ido abriendo lentamente las puertas de la justicia transicional en un escenario de conflicto armado que parecería contradecir su sentido y sus posibilidades.

Concebida como una respuesta multifacética para abordar violaciones sistemáticas o masivas de los derechos humanos que no pueden ser enfrentadas por mecanismos ordinarios, la justicia transicional normalmente opera después del conflicto.

Sin embargo, en Colombia coexisten la lógica de la guerra con la aplicación de mecanismos de la justicia transicional, situación que implica una serie de dificultades y de posibilidades.

La expedición del denominado “Marco jurídico para la paz” — resultado de debates, de múltiples consultas y del trabajo de cuatro mesas temáticas convocadas por la Comisión de Paz del Senado de la República— plantea varias preguntas:

  • ¿Sirve la justicia transicional para lograr la paz?
  • ¿Qué noción de justicia debe inspirar los desarrollos legales de este Acto Legislativo?
  • ¿Cómo se relaciona la visión de justicia con los mecanismos no judiciales de rendición de cuentas?
  • ¿Qué sentido y qué posibilidades tiene una Comisión de la Verdad en Colombia?
  • ¿Reivindica este enfoque la dignidad de las víctimas?

Reconstrucción democrática

Uno de los principales objetivos de la justicia transicional es la construcción democrática en países que han sido afectados por una dictadura o un conflicto armado interno. La existencia de un conflicto armado niega las reales posibilidades de consolidación de la construcción democrática, dado que la violencia se opone al pleno ejercicio ciudadano.

Por lo anterior, en Colombia debe entenderse — de manera aparentemente paradójica — la aplicación de la justicia transicional como contribución anticipada al logro de la reconciliación y de una paz sostenible en medio de la violencia. Esto sólo será posible si la voluntad del Estado se traduce en una agenda legislativa coherente y una acción institucional coordinada.

"Una de las necesidades urgentes en Colombia es la aplicación de una política integral de justicia transicional, que tenga presente la interacción y complementariedad de lo penal con la verdad, la reparación y las garantías de no repetición."
    En ese sentido, una de las necesidades urgentes en Colombia es la aplicación de una política integral de justicia transicional. La mirada holística consagrada en el Acto Legislativo indica que la acción penal no es el único principio orientador y constitutivo de la justicia transicional, y que es necesario tener presente la interacción y complementariedad de lo penal con la verdad, la reparación y las garantías de no repetición.
Es decir, si por alguna razón se disminuye en la acción penal, se puede alcanzar un nuevo equilibrio de justicia fortaleciendo la respuesta en relación con las demás medidas. El Estado debe mitigar las posibles limitaciones de las medidas individualmente consideradas, buscando su aplicación conjunta.

Contribución a la verdad, en clave de justicia

La debida investigación y sanción de los crímenes internacionales es un propósito político y ético y es la primera respuesta ante la violencia injusta. Así como la violencia vulnera la dignidad humana y fractura el Estado, la impunidad deteriora la confianza del ciudadano en las instituciones.

La masividad de crímenes y de perpetradores de estos crímenes —como en el caso colombiano— impone retos en la provisión de justicia ante el riesgo de negar el sufrimiento de las víctimas y ahondar su sentimiento de frustración.

La capacidad de persecución, investigación y sanción del aparato judicial en Colombia está desbordada y, ante la imposibilidad de sancionar todos los hechos y a todos y cada uno de los perpetradores, es necesario ampliar la concepción de justicia.

Entonces ¿A quién castigar? ¿Qué castigar? ¿Qué respuestas adicionales se deben dar? La respuesta debe llevar a replantear la estrategia de investigación y a buscar la verdad, la reparación y las reformas institucionales necesarias.

La mayor parte de los actos violentos cometidos en Colombia en el marco del conflicto deben ser comprendidos y perseguidos como crímenes de sistema. Una aplicación integral de la justicia transicional implica redefinir el modelo de persecución penal y dirigir los esfuerzos, de manera estratégica, hacia los aparatos organizados de poder y sus máximos responsables, es decir, hacia quienes están detrás de la gestación, consolidación y expansión de los diversos fenómenos de violencia, con el fin último de desarticular y desmontar estos aparatos organizados de poder.

Los máximos responsables no son exclusivamente los máximos jefes de las estructuras armadas. Para avanzar se deben definir los criterios de priorización y selección a partir de principios éticamente justificables que permitan abordar investigaciones penales donde existe un gran número de sospechosos involucrados.

De esta manera, se podrán cualificar las investigaciones, avanzar en la construcción de la verdad judicial, entregar elementos para conocer la real dimensión, orígenes e implicaciones de los aparatos criminales, y diseñar las medidas y reformas institucionales necesarias que garanticen la no repetición.

Un enfoque equivocado no dará respuesta a las víctimas, ni garantizará el desmonte de los fenómenos de macro-criminalidad, pero sí generará impunidad y la posibilidad de que la violencia sea vista como un recurso viable. Del otro lado, quienes tienen menor grado en la estructura y funcionamiento de los aparatos organizados de poder deben asumir el deber ineludible de contribuir al esclarecimiento de la verdad, al cual están condicionados los beneficios judiciales.    
"Un enfoque equivocado no dará respuesta a las víctimas, ni garantizará el desmonte de los fenómenos de macro-criminalidad, pero sí generará impunidad y la posibilidad de que la violencia sea vista como un recurso viable."

Sujetos a investigaciones y posibles sanciones por medio de mecanismos no judiciales, deben ayudar a dar respuesta a las preguntas de las víctimas y a determinar quiénes son los máximos responsables. La ley estatutaria que regule este tema debe garantizar la efectividad de su contribución, que debe ser entendida no como una concesión, sino en clave de justicia y verdad.

Paz duradera, garantía real de no repetición

El esclarecimiento de la verdad y la construcción de la memoria histórica contribuyen a sentar las bases de una paz sostenible. El “Marco jurídico para la paz” le da nuevos aires a la verdad, hasta ahora sometida a complejos trámites judiciales, y abre un nuevo escenario de interacción social.

La creación de una Comisión de la Verdad, como uno de los mecanismos para lograr la rendición de cuentas de los abusos del pasado, es una oportunidad para esclarecer hechos, recoger la visión de los hechos desde la voz de las víctimas, indagar sobre las responsabilidades políticas e institucionales, y sentar las bases de una nueva sociedad, tal como sucede hoy en Kenia y en Brasil.

Tanto el gobierno como la sociedad civil — con sus propuestas y exigencias — tienen el desafío de llegar al mayor consenso para definir el momento de creación, objeto, composición, atribuciones y funciones de esta Comisión, de tal manera que sea algún día un mecanismo útil en el marco de un proceso de paz amplio y logre, al mismo tiempo, dar digna respuesta a las víctimas.

El “Marco jurídico para la paz” reconoce la diversidad de actores, formas y momentos de acción y contempla tratamiento diferenciado a los miembros de los grupos que hayan participado en el conflicto. Dada la posibilidad de participación política a los miembros de organizaciones que suscriban acuerdos de paz con el gobierno, bajo ciertas condiciones, se abre el debate sobre el delito político y su definición.

El gobierno tiene el desafío de armonizar las necesidades de las víctimas, las exigencias internacionales de justicia y los derroteros éticos, con las lógicas de los actores y las necesidades de paz, manteniendo un delicado equilibrio entre ética y pragmatismo.

La discusión debe resolverse mediante una ley que genere el mayor consenso posible, con la certeza de que habrá presiones, chantajes de los extremos y también clamores justos. La paz duradera es la real garantía de no repetición, sus costos deben ser evaluados en una perspectiva de interés general.

El primer punto de la agenda que sigue debe ser la estructuración de un diálogo amplio, convocante y permanente, que promueva los mayores consensos posibles en la búsqueda de la paz, dé respuesta genuina a las víctimas e infunda un sentido práctico a la sociedad. Ese es el desafío.

Gustavo Salazar es el coordinador programático del Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), Programa Colombia. Artículo publicado previamente en Razón Pública.